lunes, 9 de mayo de 2016

Aportaciones de clase del tema 7

APORTACIONES ACTIVIDAD 1

En mi entrada publicada he realizado unas modificaciones, he añadido más temas específicos a cada contenido.

Para complementar mi primera entrada del tema 7 voy a añadir más información.

1.      ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA, ORIENTACIÓN PROFESIONAL.


De esta área destacar que la definición que he expuesto de ella es muy similar a la definición de orientación. 

Materiales


Esta última página web es un ejemplo de la técnica mesa redonda que sería especialmente útil para conocer las temáticas del sistema productivo y laboral y del sistema educativo. Pongo ese vídeo como ejemplo para que coja las guías de cómo se realizaría. Un ejemplo aplicado al sistema educativo, la mesa redonda podría estar formada por los alumnos de los distintos ciclos formativos del centro, los bachilleratos que hay y cada uno hablar acerca de donde se encuentra, que se hace ahí, que es lo que más le gusta ,etc.


2.     ORIENTACIÓN EN LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA – APRENDIZAJE

Definición del área à Álvarez Rojo denomina esta área como intervención orientadora en el proceso de aprendizaje, y considera como contenidos de ellas el proceso de adquisición de los contenidos por parte del alumno, y sobre todo en los trastornos/fracasos escolares, el estudio de los factores de rendimiento académico, las actuaciones compensatorias dirigidas a sujetos con desventajas socioculturales y las actuaciones específicas tendentes a la integración escolar de los alumnos con necesidades educativas especiales.

Alonso tapia dentro del área desarrolla la motivación. También contempla las estrategias de aprendizaje, propone pautas de actuación desde la orientación educativa y los problemas de aprendizaje que aborda desde la perspectiva de las estrategias de aprendizaje y motivación.

Apuntes de clase sobre este área

- Cada persona tenemos un estilo cognitivo distinto, nuestros estilos de aprendizaje son distintos. A cada uno le funciona una estrategia de aprendizaje distinta.
- Tu ves cual es el estilo tuyo, porque tú con unas estrategias aprendes mejor que con otras.
- El estilo cognitivo se acopla a una determinada técnica.
- La estrategia es todo lo que va alrededor también. Los hábitos de sitios donde estudiar, las manías, horas concretas donde más rendimos, etc.
- Las estrategias de aprendizaje son estrategias personales.

- Las estrategias de aprendizaje van más allá del aprendizaje formal, son ese conjunto de que aceres que nos funciona.

Materiales



3.      ORIENTACIÓN PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

Esta área ocupa la mayor parte del tiempo de los orientadores.
Esta área trata de atender las diferencias existentes entre el alumnado.
La atención a la diversidad es una realidad y hay que atenderla.
Existen otra serie de factores que diversifica al alumnado:
  1.  Motivación àlos niños desmotivados necesitan la actuación del departamento de orientación. Los orientadores asesoran a los profesores sobre como motivar a los niños.
  2.  Actitud à muy relacionado con la  motivación y el profesorado en sí (trabajar y asesorar al alumnado).


Además, hay otros factores que están nombrados en mi entrada, pero que han cambiado su nomenclatura, como por ejemplo superdotación se llama ahora altas capacidades. Este concepto ha cambiad mucho, actualmente existen tres tipos de altas capacidades (sobredotación, talento simple y talento complejo). Este tema ocupa mucho tiempo a los orientadores (evaluación, tomar medidas, establecerlas, etc).

Séneca à sistema de gestión de los centros públicos de Andalucía. Aquí es donde se censa a los alumnos con necesidades educativas y requieran medidas especiales.
  • Categorías de séneca (NEAEà necesidades específicas de apoyo educativo):


DIS à aquel alumnado que tiene una discapacidad. Tienen que tener un documento prescriptivo por el EOE y que se denomina dictamen de escolarización y aquí se recoge las características del niño, las medidas de atención a la diversidad que necesita, etc.
Solo los DIS son NEE. El resto no se consideran niños con necesidades educativas especiales, son con necesidades específicas.

NEE à son aquellos niños con necesidades educativas especiales.

DES à aquellos alumnos que presentan desventajas socioculturales. Alumnos que pertenecen a zonas deprimidas socioculturalmente.

DIA à aquellos alumnos que tienen dificultades de aprendizaje, pero no presentan una discapacidad. Pero si puede que tengan desfavorecimiento sociocultural.

AA à altas capacidades (sobredotación intelectual, talento simple y talento complejo). Se diferencian en las puntuaciones de las actitudes, los talentos simples son aquellos niños que tienen un percentil 95 solo en una actitud y los talentos complejos serían aquellos niños que tienen más de un percentil 85 en varias actitudes.
Con estos niños la medida de flexibilización es la última que se toma es la flexibilización.
Cada 4 años se le actualiza la evaluación psicopedagógica.

Los NEAE son aquellos alumnos que necesitan medidas específicas sea por cualquiera de las categorías nombrada anteriormente.

Las medidas de la orden del 25 de Julio de 2008 vienen como temáticas especificas dentro de esta área.

·         Medidas de atención a la diversidad en primero y segundo de la ESO:

1.       Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas à en primero de la ESO puedes elegir optativas (francés, inglés, refuerzo de lenguas o de matemáticas). Las optativas son medidas de atención a la diversidad, que las puedo elegir según mis gustos, intereses.
Refuerzo de las asignaturas instrumentales (lengua, matemáticas, inglés).
El colegio es el que decide si el niño tiene refuerzos o no de las asignaturas instrumentales.

2.       En primero están las PT (profesores de pedagogía terapéutica). Primero atiende a niños con educación especial y luego a los niños que necesitan apoyo. 
En todos los institutos hay PT.
El apoyo se debería de dar dentro del aula.

3.       Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso à es una medida de atención a la diversidad para cuando un niño repite. Consiste en que el niño no haga lo mimo que el año anterior, sino que se le expliquen las cosas de una manera diferente para que aprenda aquello que no aprendió el año pasado. Estos planes deben ser personalizado para cada niño (PP: plan personalizado de recuperación).
Si esto se llevara a cabo, sería necesario repartir los repetidores, no ponerlos a todos en la misma clase.

4.       Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos à es para aquellos niños que pasan de curso pero llevan algunas asignaturas pendientes. Se debe hacer un plan específico para el niño.
Aquellas que lleva aprobada debe de recibirla pero de otra forma distinta.

5.       Trabajar por ámbitos à para ofrecer diversidad se trabaja por ámbitos. Consiste en dar las materias del mismo ámbito con el mismo profesor. Esto solo se trabaja en primero y en segundo y su fin es reducir la diferencia entre la ESO y primaria en relación al número de profesores. Tendrían el mismo profesor en las áreas del mismo ámbito.

6.       Grupos flexibles à pretende adaptarse a los niños. Consiste en agrupar a los niños por competencias curriculares no por capacidades. Los niños pueden transitar a otros grupos.

7.       Adaptaciones curriculares à se ponen en marcha para aquellos niños que tienen dificultades y no les sirve ninguna de las medidas anteriores. Consiste en modificar el curriculum del niño partiendo del curriculum en común que tienen todos los niños.

Elementos que compone la programación: objetivos, contenidos, actividades, metodología, recursos, temporalización, evaluación, etc.

Tipos de adaptaciones curriculares:

- No significativa: conlleva el cambio de todos los elementos de la programación menos los objetivos y contenidos.
- Significativa: conlleva cambios de los objetivos y contenidos también.

Esto lo deciden los orientadores, los tutores, etc. y se decide en base a la evaluación psicopedagógica, que es la que hacen todos los profesores que le dan clase al niño, el tutor y el orientador para tomar la decisión adecuada sobre las medidas a poner en marcha con el alumno.
Cuando un niño solo tiene problemas en una materia se le hace una adaptación no significativa.
Hoy en día no hay que pedirle permito a los padres para realizar la evaluación psicopedagógica y la tienen que realizar el centro.
Mientras se realiza la evaluación psicopedagógica el niño recibiría refuerzo educativo en clase. El profesor debe de darle respuesta a ese niño hasta que se tome una decisión.

En todas las medidas están implicados los orientadores para asesorar y ayudar a que se pongan en marcha.

·         Medidas de atención a la diversidad en tercero de la ESO

1.       Programas de diversificación curricular/PMAR (programa de mejora del rendimiento y del aprendizaje). En segundo y en tercero de la ESO.
Al final hacer el consejo orientador (prescriptivo).

2.       Matemáticas A y B à tienen el mismo programa menos un bloque de estadística.

3.       Itinerarios à medidas de atención a la diversidad que consiste en las materias alternativas del curso 4 de la ESO. En base a mis preferencias elijo las que más me gusten.

La última medida de atención a la diversidad que se denominaba PCPI y que actualmente se llama FPB (formación profesional básica). La FPB es una medida de atención a la diversidad y consiste en un curso que hacen aquellos niños que no van a titular, que han recorrido todas las medidas y ninguna le ha servido. Solo van para aprender un oficio.

Materiales



4.      ORIENTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y EL DESARROLLO

Prevenir à antes de que ocurra el problema o reducir la prevalencia del problema ya existente (Prevención primaria, secundaria y terciaria).

Buscamos que los niños se desarrollen como personas.

Ampliación de temáticas: adicción a las nuevas tecnologías (tecnodependencias).

Materiales



APORTACIONES ACTIVIDAD 2

Para complementar lo realizado en mi entrada, realizo el siguiente esquema de la orden del 25 de julio de 2008


CAPÍTULO I   Disposiciones de carácter general
Artículo 1
Objetivo y ámbito de aplicación
Artículo 2
Principios generales de atención a la diversidad.
Artículo 3
Coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza básica.







CAPÍTULO II   Actuaciones y medidas de atención a la diversidad
Artículo 4
Estrategias de apoyo y refuerzo
Artículo 5
Actuaciones para la atención a la diversidad
Artículo 6
Medidas de atención a la diversidad de carácter general para la enseñanza obligatoria
Artículo 7
Medidas de atención a la diversidad específicas para la educación secundaria obligatoria.








CAPÍTULO III Programas de atención a la diversidad
Sección Primera. Programas de refuerzo
Artículo 8
Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.
Artículo 9
Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.
Artículo 10
Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.
Artículo 11
Información a las familias.
Sección Segunda. Programas de adaptación curricular
Artículo 12
Programas de adaptación curricular.
Artículo 13
Tipos de programas de adaptación curricular y apoyos.
Artículo 14
Adaptaciones curriculares no significativas.
Artículo 15
Adaptaciones curriculares significativas.
Artículo 16
Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
Sección Tercera. Programas de diversificación curricular
Artículo 17
Programas de diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 18
Perfil del alumnado
Artículo 19
Duración de los programas de diversificación curricular.
Artículo 20
Procedimiento para la incorporación al programa.
Artículo 21
Estructura del programa de diversificación curricular.
Artículo 22
Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.

Artículo 23
Agrupamiento de los alumnos y las alumnas.
Artículo 24
Elaboración del programa de diversificación curricular.
Artículo 25
Evaluación y promoción del alumnado que curse programas de diversificación curricular.
Artículo 26
Materias o ámbitos no superados.
Artículo 27
Titulación del alumnado que sigue programas de diversificación curricular.


DISPOSICIONES
Disposición adicional primera
PCPI à FPB (Formación profesional básica)
Disposición adicional segunda
Actividades de refuerzo y apoyo en horario de tarde
Disposición transitoria única
Programas de Diversificación Curricular /PMAR
Disposición derogatoria única
Derogación normativa
Disposición final primera
Desarrollo de la presente Orden
Disposición final segunda
Entrada en vigor


CAPÍTULO III Programas de atención a la diversidad

Sección Primera. Programas de refuerzo

Artículo 8. Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas à tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas

Artículo 9. Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos à El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa.

Artículo 10. Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso à están orientados a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.

Artículo 11. Información a las familias à del contenido de los programas y planes a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de la presente Orden se informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a los mismos.


Sección Segunda. Programas de adaptación curricular

Artículo 12. Programas de adaptación curricular à son medidas que modifican los elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Artículo 13. Tipos de programas de adaptación curricular y apoyos à en su concepción y elaboración podrán ser de tres tipos: adaptaciones curriculares no significativas, adaptaciones curriculares significativas y adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

Artículo 14. Adaptaciones curriculares no significativas à irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado.

Artículo 15. Adaptaciones curriculares significativas à se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas e irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo.

Artículo 16. Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales à están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas.


Sección Tercera. Programas de diversificación curricular

Artículo 17. Programas de diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoriaà los centros docentes organizarán programas de diversificación curricular para el alumnado que, tras la oportuna evaluación, precise de una organización de los contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferente a la establecida con carácter general y de una metodología específica.

Artículo 18. Perfil del alumnado à Podrá participar en los programas de diversificación curricular el alumnado desde el tercer curso de la educación secundaria obligatoria. En la orden se nombra otras circunstancias que permiten a los alumnos cursar este tipo de programas.

Artículo 19. Duración de los programas de diversificación curricular à de un año para el alumnado que se incorpore una vez cursado cuarto de ESO.  Para el alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado segundo o tercero, la duración de los mismos se establecerá en función de la edad y el alumnado que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el título podrá permanecer un año más en él.

Artículo 20. Procedimiento para la incorporación al programa à cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, el equipo educativo valorará la conveniencia de proponer su incorporación al programa.

Artículo 21. Estructura del programa de diversificación curricular à El currículo de los programas de diversificación curricular deberá incluir en su estructura para cada curso académico, los siguientes elementos: ámbito lingüístico y social, ámbito científico-tecnológico, tres materias obligatorias u opcionales, tutorías con su grupo clase y materias optativas.

Artículo 22. Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular à 30 horas (ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico quince horas semanales; las materias obligatorias u opcionales entre siete y diez horas semanales; actividades de tutoría hasta tres horas semanales y las materias optativas tendrán hasta un máximo de cinco horas).

Artículo 23. Agrupamiento de los alumnos y las alumnas à  se integrará en grupos ordinarios del tercer o cuarto curso de la etapa procurando que se consiga la mayor integración posible de este alumnado.

Artículo 24. Elaboración del programa de diversificación curricular à Los centros elaborarán el programa de diversificación curricular, de acuerdo con la estructura que se establece en el artículo 21 de esta Orden, el cual, una vez aprobado, formará parte del proyecto educativo. Será redactado por el departamento de orientación.

Artículo 25. Evaluación y promoción del alumnado que curse programas de diversificación curricular à La evaluación tendrá como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la educación secundaria obligatoria y será realizada por el equipo educativo que imparte el programa.

Artículo 26. Materias o ámbitos no superados à en función de la situación en la que se encuentre el alumno se tomará una medida diferente.

Artículo 27. Titulación del alumnado que sigue programas de diversificación curricular à  el alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde cuarto curso o que está en el segundo año de realización del mismo obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si supera todos los ámbitos y materias que integran el programa. También existen otras excepciones.


DISPOSICIONES

Disposición adicional primera. PCPI à FPB (Formación profesional básica)
Para favorecer la inserción social, educativa y laboral de los jóvenes mayores de dieciséis años, la Consejería regulará, organizará y autorizará los programas de cualificación profesional inicial.

Disposición adicional segunda. Actividades de refuerzo y apoyo en horario de tarde.
Los centros docentes públicos podrán desarrollar actividades de refuerzo y apoyo en horario de tarde dirigidas al alumnado que presente retraso escolar.

Disposición transitoria única. Programas de Diversificación Curricular /PMAR
Estos programas mantendrán su vigencia hasta la finalización del curso escolar 2007/08 y adaptarán su estructura y organización a lo dispuesto en la misma a partir del curso escolar 2008/09.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las siguientes órdenes: Orden de 13 de julio de 1994, Orden de 8 de junio de 1999 y disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

Disposición final primera. Desarrollo de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.









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