VOLUNTARIA: Sitúa la
orientación Educativa en las distintas leyes educativas desde la LODE hasta la
actualidad (LOGSE, LOE, LOCE, LEA, LOMCE). Refiere, si consideras, algún
documento o material que haya dado o ayudado a dar entidad a esta disciplina.
La Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE) apenas sí trata sobre la orientación y el asesoramiento en su articulado. Son pocas las referencias que se hacen sobre la orientación y no se realiza ninguna concreción ni sistematización de las actividades orientadoras; aunque también en ella se reconoce el “derecho del alumno a recibir orientación escolar y profesional”, aunque no recoge en ningún artículo las características, ni la manera en que se debe llevar a cabo la orientación y deja la responsabilidad en un órgano excesivamente amplio ya que expone que “son competencias del claustro coordinar las funciones de orientación y tutoría de sus alumnos”.
Con la promulgación de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) se comienza a producir el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas y éstas crean sus servicios de orientación.
La Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE) apenas sí trata sobre la orientación y el asesoramiento en su articulado. Son pocas las referencias que se hacen sobre la orientación y no se realiza ninguna concreción ni sistematización de las actividades orientadoras; aunque también en ella se reconoce el “derecho del alumno a recibir orientación escolar y profesional”, aunque no recoge en ningún artículo las características, ni la manera en que se debe llevar a cabo la orientación y deja la responsabilidad en un órgano excesivamente amplio ya que expone que “son competencias del claustro coordinar las funciones de orientación y tutoría de sus alumnos”.
Con la promulgación de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) se comienza a producir el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas y éstas crean sus servicios de orientación.
Antes de la promulgación de la siguiente Ley educativa, LOGSE, hubo una serie de antecedentes
entre los que se encuentran los Proyectos de Orientación Educativa en los
Centros Públicos Docentes de Enseñanzas Medias, convocados en paralelo a la
aparición del documento “Proyecto para la Reforma de la Enseñanza. Propuesta
para el debate”, donde se resalta la vinculación entre educación y orientación.
En él, ya aparece el Departamento de Orientación y sus funciones.
Se empieza a considerar la
orientación como un proceso continuo en el cual se deben implicar toda la
comunidad educativa. Es en este documento donde por primera vez aparecen la
prevención y el desarrollo del alumno.
En el Libro Blanco para la Reforma
del Sistema Educativo es donde aparecen las funciones del Departamento de
orientación, detalladas y que deben dirigirse al centro, al alumnado, al
profesorado, a las familias y a otras instituciones.
Es en esta etapa donde se
desarrolla la Orientación Educativa ampliamente, exponiéndose sus funciones,
los derechos de los alumnos a recibirla, las características que debe tener, ….
La LOGSE fue creada en 1990 por
Javier Solana. La LOGSE sustituyó a la ley general de educación de 1970,
considerándose como el mayor proyecto de escuela inclusiva dentro del sistema educativo
español, ofreciendo a todos los ciudadanos las mismas oportunidades de
formación sin distinción de clases sociales. La LOGSE se encargó de regular el
sistema educativo en sus niveles no universitarios, quedando establecida de la
siguiente manera:
- Educación infantil (gratuita
pero no obligatoria 0-6 años), educación primaria (obligatoria -12 años),
educación secundaria obligatoria (12-16 años), formación profesional o
bachillerato (2 años más). El alumno podía seguir ampliando sus estudios
accediendo a la universidad a través de la PAU. Además se incluyen las
enseñanzas artísticas en el sistema general.
- Consagró un nuevo modelo de
educación especial basado en la atención especializada (adaptaciones
curriculares).
La LOGSE se desarrolla a través
de numerosas órdenes, normativas, instrucciones, circulares, etc. que van
completando y perfilando los principios expuestos en ella.
LOCE: Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Publicado en
B.O.E. nº 307 de 24 de diciembre.
Propone una serie de medidas con
el objetivo fundamental de lograr una educación de mejor calidad para todos y
modificando tanto la LODE, como la LOGSE y la LOPEG. Esta ley no llegó a
aplicarse. Propone:
- Gratuidad de la educación
infantil.
- Establecimiento de una prueba
general de bachillerato para obtener dicho título (aunque esta prueba no exime
de realizar la selectividad para acceder a la universidad).
- La asignatura de Religión será
evaluable.
Hasta abril del año 2006, la ley
que va a primar dentro del sistema educativo español será la LOGSE, sin
embargo, en mayo de ese mismo año el Gobierno decidió crear una nueva ley
educativa (LOE) que derogará a todas las anteriores.
La Ley orgánica 2/2006 de 3 de
mayo, de educación (LOE) regula la
estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no
universitarios. En ella se reiteran los principios y derechos reconocidos en la
constitución defendiendo una nueva ley de calidad con equidad para todos. Se
insiste en el carácter inclusivo de la educación, en igualdad de trato y no
discriminatorio de las personas bajo ninguna circunstancia.
La LOE reafirma el carácter
público de la educación y sus principales objetivos son: mejorar la educación y
los resultados escolares, conseguir el éxito de todos en la educación obligatoria,
aumentar la escolarización infantil, en bachillerato y en ciclos formativos,
educar para la ciudadanía democrática, fomentar el aprendizaje a lo largo de la
vida, reforzar la equidad del sistema educativo y converger con los países de
la unión europea. Además, establece que la enseñanza básica emprende diez años
de escolaridad que se desarrollan de forma regular entre los 6 y los 16 años de
edad, organizándose en educación primaria y educación secundaria obligatoria.
En cuanto al profesorado, la ley le presta especial atención como figura
indispensable del sistema educativo.
El congreso de los diputados
aprobó el 28 de noviembre la ley
orgánica de mejora de la calidad educativa (LOMCE) que ha sido publicada en
el boletín oficial del estado del 10 de diciembre como Ley orgánica 8/2013, de
9 de diciembre. Se trata de una modificación de la LOE, mediante un conjunto de
medidas que pretende mejorar las condiciones para que todos los alumnos puedan
adquirir y expresar sus talentos y alcanzar su pleno desarrollo personal y
profesional, como soporte de la igualdad de oportunidades.
La LOMCE supone un abordaje de
los principales problemas detectados en el sistema educativo español, con el
fin de converger hacia los objetivos europeos en educación de la Estrategia
Europa 2020.
Objetivos generales de la LOMCE:
disminuir tasas de abandono educativo temprano, aumentar tasas de titulación
secundaria, mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias, establecer
un sistema de señalización claro de los objetivos, promover la autonomía de los centros docentes,
impulsar y modernizar la formación profesional, etc.
En Andalucía, la LEA
(Ley de Educación de Andalucía) es la primera norma de ámbito educativo
autonómico que regula el sistema educativo de una comunidad autónoma. En el
documento BOJA nº 252 de 26 de diciembre de 2007 se recogen en el Título I,
capítulo I, artículo 7.2 los derechos de los alumnos de la comunidad andaluza,
a una orientación educativa y profesional y una evaluación y reconocimiento
objetivos de su dedicación y esfuerzo. En el siguiente artículo, el número 8,
se recogen los deberes de los alumnos donde se detalla que el alumnado debe
respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
Esta nueva norma permite a Andalucía, dentro del marco de la
LOE, establecer sus propios objetivos educativos y las medidas para
alcanzarlos.
Documento que ha ayudado a dar entidad a la disciplina.
En los antecedentes a la LOGSE se
encuentran los Proyectos de Orientación
Educativa en los Centros Públicos Docentes de Enseñanzas Medias que fueron
convocados por la administración a finales de los ochenta en paralelo a la
aparición del documento: Proyecto para
la Reforma de la Enseñanza. Propuesta para el debate, donde se destaca la
vinculación entre educación y orientación, y se considera a esta última como
uno de los factores necesarios para una renovación pedagógica.
El plan experimental de orientación. La administración educativa
convocó la Orden Ministerial de 4 de julio de 1987 de 150 plazas para los proyectos
y director de los Departamentos de Orientación de los centros de enseñanza
medias. Podían solicitar estas plazas los profesores que que llevaran como
propietarios definitivos en un centro al menos 3 años y se consideraba como
mérito el hecho de tener la licenciatura en Psicología o en Pedagogía.
El Real Decreto 850/93 de 4 de Junio por el que se regula el
ingreso y la adquisición de especialidades en los cuerpos de funcionamiento
docentes a que se refiere la LOGSE marca el comienzo de los orientadores en los
centros de secundaria.
La información que no se
encuentra en el libro de clase ha sido extraída de las siguientes páginas webs:
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